Comments on the administrative precedent on the procedure for determining the authority that must intervene as the Investigating Body in case of discrepancy with the proposal obtained in the Prequalification Report
Comentarios al precedente administrativo sobre el procedimiento para la determinación de la autoridad que debe intervenir como órgano instructor en caso de discrepancia con la propuesta obtenida en el informe de precalificación
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Abstract
El artículo analiza los supuestos contemplados en la Resolución de Sala Plena N° 010-2020-SERVIR/TSC, haciendo especial referencia al numeral 9.2 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC. En dicha directiva, se establece que los conflictos de competencia que puedan surgir dentro de una entidad deben ser resueltos por la máxima autoridad administrativa, conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444. Esta normativa, en sus artículos 93° al 95°, reconoce la existencia de conflictos de competencia tanto negativos como positivos en el ámbito administrativo.
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